Por Alfonso Gutiérrez
En un comunicado la Confederación Patronal de la República Mexicana, que preside Juan José Sierra Álvarez alertó a la ciudadanía sobre los riesgos de invertir en México debido a la aprobación del bloqueo de cuentas bancarias sospechosas por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Señala que, se están violando derechos de los ciudadanos como la presunción de inocencia y de la orden de un juez para realizar esta acción.
Menciona que, en México, la certeza jurídica no es opcional: es la base sobre la que se construye la confianza, la inversión y el desarrollo. Cuando el acceso a los recursos de personas y empresas puede restringirse sin controles judiciales previamente definidos, se abre un espacio de incertidumbre que impacta directamente en la estabilidad económica y contraviene lo establecido en el artículo 14 de nuestra Constitución y en diversos tratados internacionales que México ha ratificado.
En el boletin de prensa Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) advierten que la determinación realizada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el pasado lunes 6 de abril, abandona el criterio fijado por su antecesora, avalando así el bloqueo de cuentas bancarias por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) sin una orden judicial previa.
Agrega que con esta decisión, se establece un precedente delicado para el Estado de derechos, al permitir afectaciones directas al patrimonio de personas y empresas sin reglas plenamente definidas. Indica que, la resolución deriva de la Acción de Inconstitucionalidad 58/2022 y valida la reforma al artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito.
Menciona que, por una mayoría de 6 votos contra 3, se determinó que el bloqueo de cuentas procede cuando la UIF cuente con “indicios suficientes” de posible vinculación con operaciones ilícitas o financiamiento al terrorismo. El esquema validado también tensiona el principio de presunción de inocencia, reconocido en el artículo 20, apartado B, fracción I, de la Constitución, al permitir el bloqueo de cuentas con base en indicios sin una resolución judicial previa.
Indica que esta medida puede generar efectos similares a una sanción antes de acreditar responsabilidad, colocando a personas y empresas en una posición de desventaja para su defensa.
Indica que la inversión depende de la certeza en el entorno institucional. Cuando una autoridad puede restringir recursos sin control judicial previo, se afecta la confianza de inversionistas nacionales e internacionales.
Menciona que en un contexto de incertidumbre, decisiones que debilitan contrapesos o la protección de activos elevan el riesgo y reducen la disposición para invertir en el país. Señala que este escenario resulta especialmente sensible en el marco del T-MEC y la competencia global por capital. Cuando una autoridad puede restringir activos sin control judicial previo, se afecta la percepción de riesgo y la disposición de inversionistas nacionales e internacionales para apostar por México.
Advierte que el impacto de esta resolución recae de manera desproporcionada sobre las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), que representan más del 99% del tejido empresarial y cuya operación depende de la liquidez diaria. A diferencia de las grandes corporaciones, carecen de estructuras jurídicas y reservas financieras para enfrentar procesos prolongados ante la UIF o tribunales.
Menciona que un bloqueo de cuentas, incluso cautelar, puede impedir el pago de nómina, proveedores o créditos, poniendo en riesgo empleos y la viabilidad del negocio.
