El 13 de diciembre de 2021, el Congreso del Estado aprobó el paquete fiscal para el ejercicio 2022 que entró en vigor el 1° de enero, el cual incluye diversas modificaciones entre las cuales destaca la inclusión del artículo 154 Bis de la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León, mediante el cual se establece que se deben considerar incluidas como objeto del Impuesto Sobre Nóminas (ISN) gravable a una tasa del 3%, todas las erogaciones que se realicen por los conceptos que se asimilan a los ingresos por salarios conforme a lo previsto en el artículo 94 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Esta reforma resulta cuestionable e implica una violación constitucional a los principios de justicia tributaria, en tanto que obliga a los contribuyentes a gravar para efectos del ISN conceptos que no son acordes con su objeto ni naturaleza, pues no derivan de un servicio personal subordinado.
Por otro lado, las modificaciones complican la situación de las empresas desde una perspectiva laboral, pues el hecho de que se considere que la contribución en comento grava las erogaciones asimilables a salarios, podría considerarse como un indicio o indicativo en el sentido de que existe una relación y/o vínculo laboral entre el contribuyente y las personas a quienes les efectúa pagos por ese tipo de conceptos (asimilables a salarios).
No podemos dejar de advertir que esta reforma en materia de ISN entra en vigor en un momento sumamente inoportuno, tomando en consideración que las empresas del Estado de Nuevo León no solo han padecido los efectos nocivos provocados por la pandemia de Covid-19 en materia económica, sino también han incurrido en costos adicionales derivado de la reforma laboral que entró en vigor el año pasado en materia de subcontratación.