Por Alfonso Gutiérrez y Jorge Ibarra

Cemex informa que ha fijado el precio para una emisión de USD $1.5 mil millones de Notas senior al 5.750% con vencimiento en 2036 (las “Notas”).
En un comunicado enviado a la Bolsa Mexicana de Valores informa la compañía regia, que preside Rogelio Zambrano, que las Notas estarán garantizadas por Cemex Corp., una
subsidiaria de Cemex.
Las Notas devengarán intereses semestralmente a una tasa anual de 5.750% y vencerán el 5 de junio de 2036.
Señala que las Notas serán emitidas a un precio de 99.572% de su valor nominal. La fecha de emisión de las
Notas está programada para el 5 de junio de 2026, sujeta al cumplimiento de condiciones de cierre
habituales.
Cemex afirma pretende destinar los recursos netos de la emisión de las Notas para propósitos corporativos
generales, los cuales podrían incluir el pago de deuda y otras obligaciones financieras (incluyendo el pago total o parcial de los saldos dispuestos bajo ciertos contratos de crédito de Cemex).
Este comunicado de prensa no constituye una oferta para adquirir ni una solicitud de oferta para vender o
comprar cualquier valor de Cemex en alguna transacción, reitera.
Aclara Cemex qué las Notas a las que se refiere este comunicado de prensa no están destinadas a ser ofrecidas, vendidas o
puestas a disposición de ningún otro modo y no deben ser ofrecidas, vendidas o puestas a disposición de
ningún inversionista minorista en el Espacio Económico Europeo (“EEE”). Para estos efectos, un
inversionista minorista significa una persona que sea una (o más) de las siguientes: (i) un cliente minorista
según se define en el punto (11) del artículo 4(1) de la Directiva 2014/65/UE (según sea modificada, “MiFID
II”); o (ii) un cliente en el sentido de la Directiva (UE) 2016/97 (según sea modificada, la “Directiva sobre
Distribución de Seguros”), cuando dicho cliente no califique como cliente profesional según se define en el
punto (10) del artículo 4(1) de MiFID II. En consecuencia, no se ha preparado ningún documento de
información clave exigido por el Reglamento (UE) No. 1286/2014 (según sea modificador c , el “Reglamento
PRIIPs”) para ofrecer o vender las Notas o ponerlas de otro modo a disposición de inversionistas minoristas
en el EEE y, por lo tanto, ofrecer o vender las Notas o ponerlas de otro modo a disposición de cualquier
inversionista minorista en el EEE podría ser ilegal conforme al Reglamento PRIIPs. Cualquier oferta de las
Notas en cualquier Estado Miembro del EEE se realizará al amparo de una exención prevista en el
Reglamento (UE) 2017/1129 (según sea modificado, el “Reglamento de Folletos”) respecto de la obligación
de publicar un folleto para ofertas de Notas. Este comunicado de prensa no constituye un folleto para efectos
del Reglamento de Folletos.

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